En las últimas semanas hemos visto cómo España abre un nuevo debate: prohibir el acceso de menores de 16 años a las redes sociales y reforzar la verificación de edad. A primera vista, puede sonar como una solución contundente para proteger a niños y adolescentes en el entorno digital.
Pero cuando miramos más allá del titular, la cuestión esencial no es si prohibir, sino cómo hacerlo sin sacrificar la privacidad y los derechos de los propios menores.
Privacidad y protección de datos: el verdadero problema
La preocupación por la seguridad de los menores en internet es legítima: exposición a contenido inadecuado, adicción digital, publicidad personalizada y amenazas externas son riesgos reales. Sin embargo, algunas propuestas no actúan sobre el problema de fondo ni garantizan una protección real.
Lo que sí puede marcar la diferencia es garantizar que los menores sólo acceden a servicios digitales si se verifica su edad de forma segura y respetando su privacidad.
Porque proteger a un menor no puede convertirse en una excusa para normalizar sistemas que vulneren otros derechos fundamentales.
Verificación de edad: ¿solución real o riesgo de privacidad?
Una de las respuestas técnicas que se propone para garantizar que los menores no acceden a redes sociales es la verificación de edad estricta. Pero esta medida también plantea preguntas importantes:
- ¿Cómo se verifica la edad sin identificar, almacenar o vincular datos sensibles?
- ¿Qué impacto tiene la recogida de datos biométricos o identificativos en la privacidad?
- ¿Puede la verificación de edad convertirse en un sistema de identificación permanente?
La respuesta no es sencilla, pero sí clara: una verificación de edad legítima y efectiva debe diseñarse desde la privacidad y la minimización de datos, tal y como exigen el RGPD y los principios de privacy by design y privacy by default.
Esto significa que:
- La verificación debe probar edad, no identidad.
- Los datos utilizados no deben conservarse más allá de lo necesario.
- No se puede aprovechar la verificación para crear perfiles identificativos.
- Debe garantizarse la seguridad técnica de los datos (encriptación, almacenamiento seguro, anonimización cuando sea posible).
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ya ha señalado propuestas que caminan en esta dirección, y a nivel europeo el Comité Europeo de Protección de Datos ha fijado principios claros para sistemas de “age assurance” compatibles con la minimización y la protección de datos.
¿Por qué la prohibición no garantiza seguridad?
Aunque muchos titulares se centran en la idea de “prohibir redes sociales a menores”, la evidencia muestra que:
- La gran pieza “vendible” no es tanto la prohibición como la verificación efectiva y respetuosa con la privacidad.
- Restringir el acceso sin modificar el diseño del ecosistema digital no reduce el riesgo real, especialmente cuando los menores encuentran formas alternativas de acceso.
- Centrar la solución en “edad sí / edad no” oculta el problema más profundo: la forma en que las plataformas están diseñadas para mantener la atención y monetizar datos.
Los niños no dejan de consumir contenidos solo porque haya un veto; lo que cambia su experiencia -y su bienestar- es la forma en que los servicios digitales están estructurados y regulados.
¿Qué modelo de verificación de edad respeta la privacidad?
Un enfoque eficaz y compatible con la protección de datos:
Verificación basada en infraestructura
No un identificador único para cada servicio, sino un sistema que funcione de forma transversal:
- Integrado en los sistemas operativos.
- Compatible con múltiples plataformas.
- Que demuestre edad sin transmitir identidad (por ejemplo, usando certificados de edad o sistemas de “age assurance” basados en atributos, no identificadores).
Privacidad como principio básico
Cualquier sistema de verificación de edad debe respetar:
- Minimización de datos.
- Uso temporal y justificado.
- Sin vinculación con perfiles de usuario.
- Sin reidentificación futura.
Este enfoque está alineado con las recomendaciones de protección de datos y con las propias guías europeas sobre sistemas de verificación de edad.
¿Qué debería regularse más allá de la edad?
La medida no puede quedar solo en quién puede entrar, sino en qué pasa una vez dentro:
Publicidad comportamental
Límites estrictos sobre el perfilado de menores para mostrar anuncios, ya que su consentimiento nunca puede ser considerado informado en muchos casos.
Interfaces de bienestar digital
Opciones que fomenten:
- Límite de tiempo.
- Autocontrol del uso.
- Pausas obligatorias.
- Informes de uso para padres y tutores (respetando privacidad).
Menos “Diseños persuasivos”
Redes sociales y plataformas digitales utilizan:
- Notificaciones automáticas.
- Bucles de recompensas variables.
- Scroll infinito.
Estos patrones, diseñados para maximizar el tiempo de permanencia, vulneran la libertad de atención y el control consciente de los menores.
Evaluaciones de impacto específicas
Cualquier servicio digital dirigido o ampliamente usado por menores debería pasar por una:
- Evaluación de impacto en derechos fundamentales.
- Evaluación de bienestar y salud digital.
Esto es coherente con el enfoque europeo de tratamiento de riesgos sistémicos en plataformas.
Más allá de la regulación: educación y acompañamiento
Aun con las mejores reglas, la protección digital de los menores no puede depender solo de la regulación tecnológica.
Es esencial que exista:
- Educación digital en las escuelas.
- Formación para familias.
- Herramientas de acompañamiento y diálogo.
- Políticas públicas coordinadas entre educación, salud y tecnología.
Una verificación de edad bien diseñada ayuda, pero no reemplaza la alfabetización digital.
Proteger sin sacrificar derechos
El debate sobre la prohibición de redes sociales a menores tiene sentido, pero no puede quedarse en un titular de impacto.
Una política efectiva y respetuosa:
- Protege la privacidad de los menores.
- Limita el acceso de forma efectiva y proporcional.
- Ajusta la arquitectura de producto para minimizar riesgos.
- Fortalece la regulación de publicidad y perfilado.
- Incluye educación digital.
Porque garantizar el bienestar de los menores en el entorno digital no es excluirlos, sino ofrecerles experiencias seguras, respetuosas con sus derechos y con control real sobre su vida digital.