Ya no puedes recibir llamadas comerciales de spam


¿Estás cansado de las llamadas de spam a horas que no tocan? Esto se acabó, las llamadas comerciales van a empezar a ser historia.

El pasado 29 de junio empezó a aplicarse la circular de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en la que se contemplaban los derechos de los usuarios a dejar de recibir llamadas no solicitadas. Unos derechos que se recogen en el artículo 66.1.b) de la Ley 11/2022 General de Telecomunicaciones.

Antes de esta fecha, los usuarios podían recibir todo tipo de llamadas comerciales -conocidas como llamadas spam– si no se habían opuesto a ello. Pero con este artículo solo podrán recibir estas llamadas si previamente han dado su consentimiento o si la empresa puede justificar que hay un interés legítimo para realizar esa llamada, que prevalece al derecho del usuario de no recibirla.

Siempre que el usuario ejerza su derecho de oposición, la empresa no podrá realizar esa llamada comercial.

Esta nueva ley solo afecta a las llamadas comerciales que realiza una persona, pero no a las que se realizan con sistemas de marcación automática y sin intervención humana.

¿Pero cómo puede justificar la empresa ese interés legítimo?

Para que la empresa justifique que detrás de una llamada comercial hay un interés legítimo, el usuario debe haber tenido una relación previa con la empresa, o haber sido cliente de otro servicio o producto similar al que se quiere vender en esa llamada.

Si esa empresa pertenece a un grupo empresarial, solo podrá realizar llamadas comerciales la empresa con la que directamente ha tenido relación el cliente. Es decir, ninguna otra entidad podrá utilizar sus datos para hacer llamadas de spam.

Además, si ha pasado más de un año en el que el cliente no ha tenido ninguna relación con esa empresa, o no ha contratado ningún servicio, tampoco podrán llamarle.

¿En qué casos si pueden llamarte?

  • Si son llamadas comerciales a números generados de forma aleatoria con el consentimiento previo del usuario, nunca por interés legítimo de la empresa.
  • Cuando tu número de teléfono figure en una guía de abonados y hayas dado el consentimiento expreso.
  • Si eres una persona de contacto en tu trabajo podrás recibir llamadas comerciales relacionadas con la empresa.
  • Si tienes una empresa o eres autónomo podrás recibir llamadas comerciales siempre y cuando sea para venderte unos productos o servicios relacionados con tu actividad comercial.

¿Cómo ejercer tus derechos para dejar de recibir llamadas comerciales?

  • Puedes registrarte en un sistema de exclusión publicitaria como la Lista Robinson para restringir la publicidad no deseada, de forma gratuita y muy fácil. https://www.listarobinson.es/

Las empresas que hacen estas campañas están obligadas a consultar estos sistemas para saber a quién pueden llamar. Desde esta lista puedes revocar cualquier consentimiento que hayas dado a una empresa y apuntarte para que no puedan llamarte más.

  • Siempre deberán darte la posibilidad de retirar el consentimiento, tanto en la recogida de datos, como en las comunicaciones que te envíen. Y deberá ser gratuito y sencillo, como por ejemplo marcar una casilla.

Si no encuentras cómo hacerlo, siempre puedes enviar un correo a la persona que está tratando tus datos con fines publicitarios o consultar la protección de datos, donde deberá aparecer un correo al que podemos dirigirnos.

  • Tener en cuenta lo que marcamos y aceptamos cada vez que nos registramos en alguna página web o nos inscribimos a un concurso. Muchas veces ni siquiera leemos las condiciones.
  • Ejercer tu derecho de oposición para que una empresa trate tus datos con fines publicitarios y que te excluyan de las campañas publicitarias.
  • Ejercer tu derecho de supresión. En comparación al anterior, este derecho tiene la finalidad de eliminar los datos de los tratamientos de la entidad. Si solo quieres que dejen de enviarte publicidad, puedes ejercer solo el derecho de oposición.
  • No aparecer en las guías telefónicas. Puedes comunicarle a tu operadora que no deseas que tus datos personales estén publicados en una guía de personas abonadas.
  • En el caso de que la empresa siga haciendo llamadas comerciales cuando le has negado el consentimiento, haz una reclamación con AUTOCONTROL, un sistema de mediación.
  • Si has ejercido tus derechos y siguen llamándote, puedes presentar una reclamación a la Agencia de Protección de Datos (AEPD) por acoso telefónico.

Esperamos haberte ayudado y que esas llamadas paren si es que así lo deseas. Y si eres una empresa que realiza llamadas comerciales, cumple siempre con lo que hemos especificado.

El equipo de PymeLegal