Protección de datos para gestores del COGAC

Os informamos que la Junta de Gobierno del Col.legi Oficial de Gestors Administratius de Catalunya nos ha adjudicado el contrato de colaboración y promoción entre los colegiados, de servicio profesional de asesoramiento, consultoría y defensa jurídica en materia de protección de datos, derecho de nuevas tecnologías y propiedad intelectual e industrial. Gracias a esta adjudicación, … Leer más

Consejos para evitar recibir publicidad no deseada.

La Agencia Española de Protección de Datos ha publicado un espacio en su página web con consejos prácticos para ayudar a los ciudadanos a evitar la recepción de publicidad no deseada incluyendo tanto llamadas telefónicas como correos electrónicos.

Durante el 2016 la AEPD inició 282 expedientes por spam y 414 por publicidad realizada mediante otros medios y estas materias se encuentran entre las cinco áreas en las que se declaran un mayor número de infracciones de la normativa de protección de datos.

Coincidiendo con esta nueva sección en la web de la AEPD y dada la incomodidad que generan este tipo de acciones para los ciudadanos aquí os dejamos un resumen de la medidas que se pueden llevar a cabo para evitarlas.

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Nota del Ministerio para titulares de páginas web.

Estos dos últimos días, el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha enviado un comunicado a los responsables de páginas y tienda online advirtiendo de la necesidad de cumplir con lo dispuesto por la Ley 34/2002 de 11 de julio de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE) e indicando las deficiencias detectadas que podrían acarrear sanciones desde 30.000€ hasta 300.000€.

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¿Cómo recuperar tu dominio de Internet en caso de robo o abuso?

Uno de los principales activos que tiene un negocio, sea online o offline, es el dominio de internet. El dominio nos permite, asociado a una página web, entre otros aspectos, tener presencia en internet, potenciar nuestra marca, ofrecer un nuevo canal de comunicación con los potenciales clientes, y sobretodo, que nos encuentren cuando el usuario busca nuestros servicios. Si además nuestro negocio es online, ya sea un e-commerce, una plataforma SaaS, una app, etc. el nombre del dominio es pieza fundamental para nuestra actividad.

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Régimen sancionador para infracciones en comunicaciones comerciales electrónicas.

Las exigencias establecidas en los anteriores post en referencia a las comunicaciones comerciales por vía electrónica (LSSICE) son de aplicación tanto cuando el destinatario de la comunicación es una persona física como cuando es una persona jurídica, a diferencia de lo que sucede con las garantías de la LOPD, que solo protegen a personas físicas. Es decir, la AEPD es competente para sancionar incumplimientos de la LSSICE referidos al envío de comunicaciones comerciales electrónicas cuyo destinatario sea una persona jurídica.

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