Comunidades de propietarios y video vigilancia

Como anunciábamos la semana pasada analizaremos la vídeo vigilancia en las comunidades de propietarios resolviendo las dudas sobre cómo aprobar su uso, qué papel lleva a cabo la comunidad en relación con el tratamiento de las imágenes, donde se ponen las cámaras de forma adecuada, entre otras cuestiones que pasamos a resolver.

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Novedad importante – nueva sentencia sobre política de cookies

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a través de la Sentencia del asunto C-673/17, ha proporcionado unas directrices claras para un correcto cumplimiento del RGPD en relación a la información facilitada y consentimiento otorgado en las políticas de cookies.

Dada la relevancia de este tema, en este boletín semanal os resumiremos de forma práctica cómo establecer un correcto protocolo sobre la política de cookies que debemos incluir en nuestra página web si las utilizamos para una finalidad concreta.

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Protección de datos sobre imágenes ilícitas

Esta semana queremos exponer un tema que, con la sociedad digital en la que estamos hoy en día, nos puede afectar a todos: imágenes que no queremos que aparezcan en la red.

Las imágenes y vídeos son datos personales, por ello si hay alguno de estos datos personales que no queremos que aparezca porque puede vulnerar nuestros derechos y libertades, existen canales y procedimientos para solicitar que dichas imágenes sean retiradas. 

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Brechas de seguridad – Informe Agencia Española Protección de Datos.

El pasado 25 de mayo se cumplió un año de la aplicación efectiva del Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD). Ello cambió de forma radical la normativa de protección de datos tal y como la conocíamos añadiendo nuevas obligaciones que en la legislación española no existían, siendo una de ellas la Notificación de las brechas de seguridad ante la Autoridad de Control (en España la Agencia Española de Protección de Datos).

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La AEPD publica el listado de tratamientos en los que no es necesario realizar una evaluación de impacto.

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece que las organizaciones que traten datos están obligadas a realizar una Evaluación de Impacto relativa a la Protección de Datos (EIPD) antes de efectuar dichos tratamientos cuando sea probable que, en función de su naturaleza, alcance, contexto o fines, entrañen un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas, en su artículo 35.1.

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Alerta AEPD: El ‘coste cero’ y sus riesgos.

Tal y como os explicábamos en la noticia de marzo ‘Implantación de la protección de datos a coste cero’, hay múltiples peligros a la hora de contratar una implantación de protección de datos con coste en los créditos de formación de cada empresa.

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Protección de datos y centros educativos (IV) – Decálogo.

En las anteriores semanas os hemos ido informando a cerca de quien es el responsable del tratamiento de los datos tratados en escuelas, los principios que rigen estos tratamientos de datos, las legitimaciones en que se basan y como valorar las medidas de seguridad que pueden aplicarse. Esta semana, y a modo de resumen, queremos facilitaros un decálogo para un uso correcto de los datos personales en los centros escolares y educativos. Así que sin más preámbulo empezamos:

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Protección de datos y centros educativos (III) – Medidas seguridad

La semana pasada os hablamos de los principios básicos que rigen el tratamiento de los datos por los centros escolares así como la legitimación que puede amparar cualquier tratamiento de datos. Esta semana os propondremos una serie de medidas de seguridad, siempre siguiendo las directrices que marca la propia AEPD en la guía sectorial dirigida las escuelas.

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Protección de datos y centros educativos (II) – Principios y Legitimación.

Tal y como os avanzábamos en el anterior post, esta semana hablaremos de los principios básicos que rigen el tratamiento de los datos por los centros escolares, y en que pueden ampararse para realizar dicho tratamiento de forma acorde al RGPD.

Con base en el artículo 5 del Reglamento europeo, los principios básicos y fundamentales que en los que se basa un tratamiento de datos correcto serían los siguientes:

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