Delegado de Protección de Datos: criterios para su correcta designación


¿Sabías que para nombrar un Delegado de protección de datos (DPO o DPD) debes cumplir con una serie de requisitos? Y si ya lo tienes registrado, ¿sabes si es correcta esta designación? Sigue leyendo, pues esto te interesa ya que vamos a resolver algunas de las dudas que nos han planteado nuestros clientes.

Es innegable que el Delegado de Protección de Datos se está convirtiendo en una figura cada vez más necesaria y, en muchos casos, recomendable para el tratamiento de datos e información que se realiza en las empresas. Esta necesidad suele venir acompañada de una serie de dudas sobre su designación, de cuando es obligatorio y cuando no, etc. Para aclarar alguna de estas dudas, la propia AEPD se ha pronunciado en un reciente informe donde indica, entre otros asuntos, los criterios de formación teórico prácticos y la validez de designar a personas vinculadas con la organización.

Antes de empezar con la exposición del recién informe emitido por la AEPD, os recomendamos la lectura de nuestros artículos donde hablamos de la designación, obligatoriedad y aspectos clave sobre esta figura: que es la figura del DPD, aspectos clave y que nuevas empresas se incluyen en la obligación de designarlo.

Entrando ya en materia, en primer lugar, ¿Cuáles son los criterios más importantes para la designación del DPD? Es necesaria una preparación teórica y práctica para su correcta designación.

La AEPD sigue lo indicado en el Documento del Grupo del Artículo 29 “Directrices sobre los Delegados de Protección de Datos”, donde se requiere:

– Nivel de conocimientos: Si bien no vienen predefinidos, se debe designar un DPD teniendo en cuenta los datos que se tratan, es decir, según su sensibilidad, complejidad y cantidad. Una organización con una actividad compleja o que trata muchos datos necesita a un DPD plenamente formado en estas materias, con mayores conocimientos y preparación.

– Cualidades profesionales: Tampoco vienen predefinidas, aunque el artículo 37.5 del RGPD especifica que “El delegado de protección de datos será designado atendiendo a sus cualidades profesionales y, en particular, a sus conocimientos especializados del Derecho y la práctica en materia de protección de datos y a su capacidad para desempeñar las funciones indicadas en el artículo 39.”
Así pues, deberá ser designado atendiendo a sus conocimientos especializados del Derecho y la práctica en materia de protección de datos y a su capacidad para desempeñar las funciones establecidas por la normativa para los DPD.

– Capacidad para desempeñar sus funciones: No únicamente se deben valorar sus conocimientos y sus cualidades profesionales, si no también sus cualidades personales, dado que es el principal garante de la normativa en materia de protección de datos dentro del marco de la entidad. Y, para que pueda cumplir con sus funciones, es necesario que se le dote con los recursos necesarios atendiendo al volumen y necesidades que debe cubrir dentro de la entidad.

En segundo lugar, ¿qué validez o “papel” tiene el nombramiento como DPD de una persona vinculada a la organización?

La normativa en materia de protección de datos exige que el Delegado de Protección de Datos sea independiente y que el desarrollo de sus funciones no dé lugar a conflictos de intereses.
Asimismo, el artículo 36 de LOPDGDD precisa que, en caso de que el DPO forme parte de la organización del responsable, éste no pueda ser sancionado como consecuencia de sus actuaciones.

Conviene destacar que los DPD no son personalmente responsables en caso de incumplimiento de la normativa, debiendo responder siempre el responsable o el encargado del tratamiento.

En conclusión,

La figura del Delegado de Protección de Datos será cada vez más importante y necesaria en todas las empresas.

En PymeLegal estamos certificados como DPD y cumplimos con todas las características de cualificación y capacidad profesional exigidas por la normativa y mencionadas en el presente artículo, para prestar el servicio de forma externalizada, ¿te ayudamos?

Si tienes más dudas o necesitas más información al respecto, estamos a tu disposición.

El Equipo de PymeLegal.