La inteligencia artificial está transformando la forma en que trabajamos, tomamos decisiones y prestamos servicios. Desde herramientas de generación de contenido hasta sistemas de análisis de datos o selección de personal, la IA ya forma parte del día a día de muchas empresas y administraciones.
Con la entrada en vigor del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (AI Act), España ha dado un paso más presentando el Anteproyecto de Ley que regulará su aplicación en nuestro país, definiendo las autoridades competentes, el régimen sancionador y las condiciones para determinados usos de alto riesgo.
¿Cuál es el objetivo de esta nueva ley?
El Anteproyecto tiene dos objetivos principales:
- Establecer el régimen sancionador para los incumplimientos del Reglamento Europeo de IA.
- Regular el uso de sistemas de identificación biométrica remota en tiempo real en espacios públicos.
La norma afectará tanto a empresas privadas como a entidades públicas que actúen como proveedores, importadores, distribuidores o responsables del despliegue de sistemas de inteligencia artificial.
Un nuevo sistema de supervisión de la IA en España
La futura ley distribuye las competencias de control entre distintos organismos públicos.
AESIA: la autoridad principal
La Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial se convertirá en el punto de contacto único ante la Unión Europea y supervisará sistemas de IA utilizados en ámbitos especialmente sensibles como:
- Infraestructuras críticas.
- Educación.
- Empleo.
- Servicios esenciales.
El papel de la AEPD
La Agencia Española de Protección de Datos tendrá un papel relevante en la supervisión de aquellos sistemas de IA que afecten a la privacidad y protección de datos, especialmente en:
- Ámbito policial.
- Control de fronteras.
- Migración y asilo.
- Prácticas prohibidas relacionadas con derechos fundamentales.
La biometría en tiempo real: prohibida salvo excepciones
Uno de los aspectos más relevantes del Anteproyecto es la regulación del reconocimiento biométrico remoto en tiempo real.
La norma establece una prohibición general de esta tecnología en espacios públicos.
Solo podrá utilizarse en situaciones muy concretas como:
- Búsqueda de personas desaparecidas o secuestradas.
- Prevención de amenazas terroristas inminentes.
- Localización de sospechosos de delitos especialmente graves.
Autorización judicial obligatoria
Las fuerzas y cuerpos de seguridad necesitarán autorización judicial previa para utilizar estos sistemas.
En situaciones de urgencia excepcional podrán activarlos, pero deberán solicitar autorización en un plazo máximo de 24 horas. Si el juez la deniega, la utilización deberá cesar inmediatamente y los datos obtenidos deberán eliminarse.
Protección de terceros
La ley también incorpora una obligación expresa: destruir sin demora cualquier dato biométrico captado de personas que no formen parte de la investigación autorizada.
Nuevos derechos para los ciudadanos
El texto incorpora novedades especialmente interesantes desde la perspectiva de los derechos digitales.
Derecho de retirada o desconexión
Los ciudadanos podrán solicitar la retirada del mercado de determinados sistemas de inteligencia artificial cuando hayan provocado incidentes graves que afecten a personas o bienes protegidos.
Canal de denuncias anónimo
La AESIA pondrá en marcha un canal electrónico que permitirá denunciar de forma anónima posibles incumplimientos relacionados con la inteligencia artificial.
Estas denuncias podrán dar lugar al inicio de procedimientos sancionadores de oficio.
Sanciones millonarias para los incumplimientos más graves
El Anteproyecto establece multas muy elevadas para garantizar el cumplimiento de la normativa.
Infracciones muy graves
Prácticas prohibidas:
- Hasta 35 millones de euros.
- O hasta el 7% del volumen de negocio mundial del grupo empresarial.
Sistemas de alto riesgo con incumplimientos graves:
- Hasta 15 millones de euros.
- O hasta el 3% de la facturación mundial.
Infracciones graves
- Entre 500.001 € y 7.500.000 €.
- O hasta el 2% del volumen de negocio.
Infracciones leves
- Entre 6.000 € y 500.000 €.
- O hasta el 1% del volumen de negocio.
Además, para evitar estrategias de elusión mediante filiales, las sanciones se calcularán teniendo en cuenta la facturación global del grupo empresarial.
¿Habrá diferencias para pymes y administraciones públicas?
Sí. El Anteproyecto prevé un tratamiento diferenciado en determinados supuestos.
Pymes
Las pequeñas y medianas empresas dispondrán de ciertas medidas de flexibilización:
- Posibilidad de sustituir determinadas sanciones leves por apercibimientos.
- Reducciones reforzadas por reconocimiento de responsabilidad o pago voluntario.
- Aplicación del criterio económico más favorable cuando existan varias opciones de cálculo.
Administraciones públicas
Las administraciones no recibirán multas económicas.
Sin embargo:
- Se declarará formalmente la infracción.
- Se impondrán medidas correctoras obligatorias.
- Podrán iniciarse expedientes disciplinarios contra responsables que hayan ignorado advertencias previas.
Un cambio que todas las organizaciones deben seguir de cerca
La futura Ley Española de Inteligencia Artificial supone uno de los desarrollos regulatorios más importantes de los últimos años.
Las empresas que utilizan sistemas de IA para recursos humanos, atención al cliente, análisis de datos, seguridad, marketing o toma de decisiones automatizadas deberán revisar cuidadosamente sus procesos para garantizar el cumplimiento de las nuevas obligaciones.
La inteligencia artificial ofrece enormes oportunidades, pero también implica nuevas responsabilidades. Con este Anteproyecto, España comienza a definir el marco que determinará cómo deberán desarrollarse, supervisarse y utilizarse estas tecnologías en los próximos años.